Ley General de Salud

La Ley General de Salud indica que la salud de la población es un bien de interés público. Es decir, todo ciudadano debe velar por su salud y tiene el derecho de obtener los medios y cuidados necesarios para mantenerse saludable. El Poder Ejecutivo por medio del Ministerio de Salubridad Pública se encarga de que esta ley se cumpla.

Los siguientes artículos explican los principios más importantes de la Ley General de Salud:

Artículo 10: toda persona tiene derecho a obtener de los funcionarios la información e instrucciones para la promoción y conservación de su salud, y la de su hogar.

Artículo 11: en caso de un matrimonio, los contrayentes pueden solicitar los certificados de salud para tener en cuenta la posibilidad de que se padezcan enfermedades, ya sean transmisibles o crónicas, o condiciones especiales que puedan llegar a afectar a la descendencia.

Artículo 12: en caso de mujeres embarazadas tienen derecho a servicios de información materno-infantil, al control y atención médica durante el embarazo y el parto, y a recibir los alimentos que le sean necesarios durante el período de lactancia.

Artículo 13: en caso de menores de edad, sus padres y el Estado están obligados a velar por su salud y su desarrollo físico, social, y psicológico. Además, desde su nacimiento hasta la mayoría de edad tienen derecho a las prestaciones de salud estatales. Si el niño presenta cualquier tipo de discapacidad a este se le brindaran servicios especializados.

Artículo 14: en caso de los padres, están obligados a cumplir con las instrucciones y controles médicos para velar por la salud de los menores. También cada padre es responsable de los alimentos que consumen los menores a su cargo.

Artículo 15: prohíbe la comercialización de alimentos que sean entregados las instituciones como complementos de dieta de los estudiantes.

Artículo 16: obliga a todo escolar a exámenes médicos y dentales preventivos y a participar en los programas educativos de salud que brinda cada establecimiento educacional.

Artículo 17: toda persona tiene el derecho de hacerse exámenes preventivos de salud y a los servicios de diagnóstico de enfermedades crónicas.

Artículo 19: toda persona debe de solicitar los servicios de salud, información, y medios para prevenir los efectos del consumo de drogas u otras sustancias anómalas.

Artículos de 150 al 154: la vacunación y revacunación contra enfermedades transmisibles es tanto un derecho como un deber. En el caso de los menores de edad, sus padres o encargado esta en la obligación de llevarlo a vacunarse.

Artículos 196 al 200: toda persona que se ocupe en actividades relacionadas con alimentos que va a consumir la población, deben poner su diligencia y cumplir de las disposiciones legales. Además, el alimento debe cumplir con las disposiciones sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.

Comments

Mauricio V. said…
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Tomas Sancho said…
La salud se coloca como una de las áreas que necesitan mas desarrollo por el bien común de la población. El Ministerio de Salud (2013) indica: "el desarrollo en la salud del país ha permitido controlar enfermedades como la difteria en 1976 y el tetanos neonatal en 1988" Esto concreta la importacia de un sistema legislado de salud para un país.

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